Algunos avances que se han producido en políticas públicas sobre diversidad de género en Ecuador donde la homosexualidad estuvo legalmente prohibida hasta 1998. Tiene, desde el 2008, un reconocimiento a nivel constitucional en el que se especifica el derecho a la no discriminación por orientación sexual e identidad de género; además de sanción de la ley para cualquier forma de discriminación en ese sentido. De otro lado, también por mandato constitucional se permite las uniones de hecho del mismo sexo.
El Código penal asimismo ha incluido un capítulo sobre delitos de odio incluyendo orientación sexual o identidad sexual. Y en Quito existe la Ordenanza Municipal 240 sobre la inclusión de la diversidad sexual GLBT. En suma son avances bastante promisorios, sin embargo existe aún una distancia bastante considerable entre el reconocimiento constitucional de estos derechos y la aplicación de los mismos.
También en los derechos colectivos producidos por los GLBT, estos estarían cubiertos por mandato constitucional, incluyendo las parejas de hecho del mismo sexo, sin embargo esto no significa que se cumplan. Son los mismos Gay, lesbianas, bisexuales y transgeneros quienes deben exigir el cumplimiento de los mismos, destacando el rol activo del colectivo trans en relación a sus reivindicaciones de reconocimiento de la identidad de género y otras demandas sobre el cuidado de su salud sexual y acceso a la educación.
En el Ecuador, las personas GLBT siguen siendo discriminadas incluso dentro del mismo ambiente gay donde la homofobia interiorizada pulula, aunque ya se han reformado algunas normas dentro de nuestro sistema legal con el fin de que desaparezca esta problemática, pero lamentablemente éstas no son cumplidas por completo, ya que por ejemplo existen casos en los que personas GLBT en el ámbito laboral, social, profesional, etc., no son bien acogidos por personas no GLBT y tambien por la mal llamada comunidad GLBT gay donde priman tambien intereses por parte de ciertas organizaciones que buscan financiamiento o poder , o personajes que buscan reconocimiento o fama, cuando interiormente su interes no es defender los derechos de aquellos que dicen representar. El activismo se ha vuelto una forma de hacer negocio en los últimos tiempos a nombre de los glbt, sin que muchos se sientan representados por aquellos que lucran a nuestra cuesta e incluso con el dolor de otros como es el caso del VIH SIDA. En ese aspecto no hay ninguna ley regulatoria, ya que son los mismos que buscan los derechos, los que a la vez los incumplen.
En el caso del VIH SIDA, hay leyes sumamente protectoras en donde no se puede denunciar a
personas que teniendo esta enfermedad la han pasado intensionalmente o por vernganza, siendo estos
representantes de las mismas ONGS, activistas y hasta interlocutores.
En muchos casos se victimiza mucho a los GLBT o a las Personas Viviendo con VIH SIDA, con el objeto de seguir consiguiendo financiamiento que a la final tan solo sirve para capricho de pocos.
Por esta razón se quiere elaborar una política pública que regule y garantice los derechos de igualdad hacia personas GLBT, que éstas sean tratadas indiferentemente de las demás personas y que tengan un acceso indiscriminado hacia su vida social.
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