El
acuerdo con el Registro Civil, con fecha 22 de agosto de 2014 ordena
derogar la prohibición de ingresar la unión de hecho como un estado
civil.
El
presidente ecuatoriano Rafael Correa aseguró que el colectivo GLBTI
(Gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales) tiene total
derecho de registrar en su documento de ciudadanía una unión de hecho.
Durante
su informe semanal, el primer mandatario afirmó que la unión de hecho
en este grupo poblacional está establecida como un derecho
constitucional y que este avance en materia de derechos se logró a
partir de conversaciones entre el presidente y organizaciones GLBTI el
18 de agosto del 2014.
El
acuerdo con el Registro Civil, con fecha 22 de agosto de 2014 ordena
derogar la prohibición de ingresar la unión de hecho como un estado
civil, asimismo establece registrar las uniones de hecho como un dato
complementario del estado civil, y crear un registro especial para estas
uniones.
“Es su derecho registrar una unión de hecho entre heterosexuales o personas del mismo sexo este es un derecho constitucional y de ser negado, las autoridades tomaremos cartas en el asunto”, aseguró.
“Es su derecho registrar una unión de hecho entre heterosexuales o personas del mismo sexo este es un derecho constitucional y de ser negado, las autoridades tomaremos cartas en el asunto”, aseguró.
Este
servicio se prestará en el país andino desde el 15 de septiembre del
2014. Asimismo el presidente Correa aseguró que durante la reunión con
grupos GLBTI se comprometió a analizar una posible inclusión de
identidad de género en el documento de identidad para evitar
humillaciones a las personas. La unión es una figura jurídica que
reconoce la alianza entre dos personas libres de vínculo matrimonial.
La Resolución del Registro Civil dice: "La ley no prevé la posibilidad de inscribir uniones de hecho, sin embargo, no impide que la misma sea registrada como tal, sin que altere el estado civil de las personas, es decir, como un dato complementario del estado civil". Esto crea una subcategoría del estado civil que afectaría el derecho a la identidad pleno de las personas, además de traer problemas en su interpretación y aplicación, que puede ser arbitraria e incierta. Un ejemplo de lo que puede pasar:
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